El 3 de abril de 2025 cambió silenciosamente la forma en que se pleitea en España. Desde esa fecha, salvo excepciones tasadas, presentar una demanda civil o mercantil sin haber intentado antes un acuerdo extrajudicial puede llevar a su inadmisión sin más trámite. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia no es una reforma cosmética: redefine el orden lógico del litigio, traslada parte de la responsabilidad a las partes y a sus abogados, y convierte la negociación previa en un trámite con valor jurídico real.
En este artículo explicamos, con un enfoque práctico, qué son los Medios Adecuados de Solución de Controversias —los MASC—, en qué procedimientos son obligatorios, qué excepciones existen y, sobre todo, cómo plantearlos de modo que jueguen a favor del cliente.
El cambio de paradigma
La LO 1/2025 fue publicada en el BOE el 3 de enero de 2025 y, en lo que respecta a los MASC y a las medidas de eficiencia procesal, entró en vigor el 3 de abril de 2025. Su Título II, Capítulo I (artículos 2 a 19) articula un sistema en el que la justicia deja de ser la primera puerta a la que se llama y pasa a ser el último recurso: antes hay que haber intentado, de buena fe y de forma acreditable, una solución pactada.
El cambio se apoya en tres palancas:
- Procedibilidad. El intento de MASC pasa a ser requisito de admisibilidad de la demanda en el orden civil. Sin él, el escrito se inadmite.
- Costas. Los tribunales valorarán la conducta de las partes durante el intento negociador, lo que afecta directamente al criterio de imposición y al alcance de las costas.
- Abuso del servicio público de Justicia. Se introduce esta noción nueva, equiparable a la mala fe procesal, con consecuencias económicas para quien instrumentalice el sistema.
Qué es exactamente un MASC
El artículo 2 de la LO 1/2025 define los MASC, en términos amplios, como «cualquier tipo de actividad negociadora, reconocida en esta u otras leyes estatales o autonómicas, a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial al mismo, ya sea por sí mismas o con la intervención de una tercera persona neutral».
Importa retener que no hay un MASC único: la ley ofrece un catálogo abierto y permite elegir el que mejor encaja con el conflicto, la relación entre las partes y el coste asumible.
Los seis MASC más utilizados en la práctica
Negociación directa
Comunicación entre las partes o sus abogados sin tercero neutral. Es la vía más sencilla y la más usada en la práctica forense desde abril de 2025.
Mediación
Intervención de un mediador profesional registrado. Regulada por la Ley 5/2012. Especialmente útil en familia y conflictos vecinales.
Conciliación
Privada, notarial, registral o ante el Letrado de la Administración de Justicia. Da fe del intento y, en su caso, del acuerdo.
Oferta vinculante confidencial
Una parte formula una propuesta firme y reservada. Requiere asistencia letrada salvo asuntos inferiores a 2.000 €.
Opinión de experto independiente
Dictamen no vinculante de un tercero técnico (perito, ingeniero, médico) que ayuda a las partes a valorar el conflicto.
Derecho colaborativo
Las partes y sus abogados se comprometen por escrito a alcanzar un acuerdo y a no acudir a juicio durante la negociación.
Fuente: artículos 2 y siguientes de la LO 1/2025 y guía del Consejo General de la Abogacía Española (2025).
¿Cuándo es obligatorio el MASC?
La regla general es contundente: el artículo 5.1 de la LO 1/2025 establece que, en el orden jurisdiccional civil, para que la demanda sea admisible debe acreditarse el intento previo de un MASC. Eso afecta a:
- Los procesos declarativos del Libro II de la LEC (juicio ordinario y juicio verbal por materia o cuantía, conforme a los artículos 249 y 250 LEC).
- Los procesos especiales del Libro IV (procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores —con matices—, división judicial de patrimonios y procesos sucesorios, entre otros).
- El procedimiento monitorio, según el criterio consolidado de las Juntas de Jueces y del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia tras la entrada en vigor.
El intento debe versar sobre el mismo objeto que después se llevará a juicio. La identidad sustancial es exigible aunque las pretensiones puedan modificarse al redactar la demanda.
Las excepciones que conviene memorizar
El artículo 5.3 y concordantes de la LO 1/2025 listan los supuestos en los que no hace falta intentar el MASC. Son los siguientes:
El criterio de las Juntas Sectoriales —recogido por la doctrina y por algunos autos publicados, como el Auto 97/2025 de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, de 25 de junio de 2025— viene asentando que la falta del intento es, por regla general, un defecto insubsanable que lleva a la inadmisión, mientras que los defectos meramente documentales sí se pueden subsanar en plazo breve.
Flujo de decisión: ¿necesito un MASC antes de demandar?
Esquema simplificado a efectos divulgativos. Las excepciones concretas deben verificarse en cada caso conforme al art. 5 LO 1/2025.
Cómo se acredita el intento (y qué no sirve)
El artículo 10 de la LO 1/2025 exige que el demandante acredite documentalmente el intento previo. Las Juntas Sectoriales y los Letrados de la Administración de Justicia, en sus acuerdos de unificación de criterios de marzo y abril de 2025, han delimitado qué medios se aceptan y cuáles no.
| Medio | ¿Acredita el intento? | Razón |
|---|---|---|
| Burofax con copia certificada | Sí | Constancia íntegra del envío, contenido y recepción |
| Acta notarial | Sí | Fe pública del notario sobre el intento y su contenido |
| Correo certificado con acuse | Sí | Acreditación integral si consta envío, contenido y recepción |
| Mediación o conciliación con acta | Sí | El tercero neutral expide certificado del intento |
| Buromail / BuroSMS certificado | Sí | Admitido por la Junta Sectorial de Zamora (2/4/2025) |
| WhatsApp, SMS ordinario, llamada | No | No acreditan recepción ni contenido de forma fehaciente |
| Email simple sin certificación | No | No deja constancia probatoria suficiente |
| Envíos masivos sin acuse individual | No | No prueban recepción por el concreto destinatario |
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha habilitado además la Plataforma de Interoperabilidad de los MASC (PIMASC), accesible desde la Sede Judicial Electrónica, que permite a los profesionales obtener un documento normalizado para acreditar el cumplimiento del requisito.
Plazos, prescripción y suspensión
Aquí está una de las claves que pasan desapercibidas y que conviene dominar:
- La solicitud o propuesta de MASC interrumpe la prescripción de la acción y suspende los plazos de caducidad desde su recepción por la contraparte.
- Si no se alcanza acuerdo, la parte dispone de un año desde la conclusión del intento para presentar la demanda sin perder el efecto interruptivo.
- La negociación tiene una duración máxima orientativa de tres meses, prorrogable por acuerdo expreso de las partes.
- Si la contraparte no responde en 30 días naturales a una propuesta válidamente formulada, se considera intentado el MASC sin éxito y queda expedita la vía judicial.
Estas reglas tienen una lectura estratégica: el MASC no «consume» plazo, lo congela. Bien utilizado, da oxígeno para negociar sin sacrificar la prescripción.
Costas: el verdadero incentivo (y el verdadero riesgo)
Quizás el cambio menos divulgado y más relevante en el plano económico es el nuevo régimen de costas. El tribunal, al imponer costas, deberá ahora valorar la conducta de las partes durante el intento de MASC:
- Si la parte vencedora rechazó injustificadamente participar en un MASC, el tribunal puede no imponer costas a la contraria, aunque ésta haya perdido.
- En casos de allanamiento o estimación parcial, puede imponerse condena en costas a quien no acudió, sin causa, al MASC.
- Quien propuso un MASC con una oferta que coincida sustancialmente con lo que el tribunal acabe acordando puede pedir, en la impugnación de la tasación, exoneración o reducción del pago.
Traducido a estrategia: quien negocia bien y a tiempo, paga menos. Quien se planta y rehúsa explorar el acuerdo asume un riesgo económico real, aun ganando el pleito.
Cómo aprovechar el MASC a tu favor
El requisito de procedibilidad puede vivirse como un trámite molesto o como una oportunidad táctica. La diferencia, en la mayoría de los casos, la marca el abogado. Estos son los movimientos que recomendamos:
1. Anticípate, no reacciones
Si vas a demandar, plantea el MASC antes de que la contraparte tenga ocasión de provocarte. La iniciativa otorga ventaja procesal: prevalece, según el artículo 5.4 LO 1/2025, el MASC propuesto en primer lugar cuando ambas partes proponen vías distintas.
2. Documenta como si fuera prueba (porque lo será)
La propuesta debe contener objeto exacto del conflicto, pretensión concreta, plazo razonable de respuesta y vía sugerida. Envíala por medio fehaciente. Conserva todo: el escrito inicial, los acuses, las respuestas y, en su caso, el acta final.
3. Elige el MASC adecuado al conflicto
Una herencia con varios coherederos pide mediación. Una reclamación dineraria líquida, una oferta vinculante confidencial. Un conflicto vecinal de baja intensidad, derecho colaborativo o negociación directa. El error de método se paga en tiempo y en credibilidad.
4. Cuida la oferta vinculante confidencial
Es probablemente el MASC más infrautilizado y el de mayor impacto en costas. Una oferta razonable, formulada con asistencia letrada y bien documentada, sitúa al adversario ante un dilema económico real y se convierte, si llega el juicio, en una baza para reclamar reducción de costas.
5. No banalices la confidencialidad
El artículo 9 LO 1/2025 blinda como confidencial todo lo tratado en el MASC: no podrá usarse como prueba, salvo cuatro excepciones (acuerdo expreso, tasación de costas, orden penal y orden público, especialmente protección de menores). Esa confidencialidad permite negociar sin miedo a que las concesiones se vuelvan contra el cliente en juicio.
¿Tienes un conflicto en marcha?
Cada vez con más frecuencia, la diferencia entre ganar y perder un asunto se decide antes de redactar la demanda. En Bufete García Cardenal diseñamos la estrategia de MASC para que el cliente llegue al juzgado —si tiene que llegar— en la mejor posición posible.
Solicitar consultaEn síntesis
La LO 1/2025 no obliga a renunciar al juicio: obliga a haberlo evitado, primero, con sinceridad. Para el ciudadano, esto significa más vías para resolver problemas sin entrar en un proceso largo y costoso. Para el abogado, supone incorporar la negociación previa como una fase técnica más de la litigación, con sus propias reglas, sus propios riesgos y sus propias oportunidades.
El juicio sigue ahí. Pero a partir del 3 de abril de 2025, la mediación —y los demás MASC— ya no son una alternativa: son la antesala obligatoria de buena parte de los litigios civiles y mercantiles en España.
Referencias jurídicas y fuentes contrastadas
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Publicada en el BOE núm. 3, de 3 de enero de 2025. Texto consolidado: BOE-A-2025-76.
- Entrada en vigor del Título II (MASC y medidas de eficiencia procesal): 3 de abril de 2025. Nota informativa del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de 3/4/2025.
- Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Régimen general supletorio de la mediación.
- Real Decreto Legislativo 1/2000, de 7 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Especialmente artículos 19.5, 249, 250 y 403, en su redacción dada por la LO 1/2025.
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. En particular, artículo 89.9 LOPJ tras la modificación por la LO 1/2025 (competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer).
- Guía sobre la regulación de los MASC en la Ley Orgánica 1/2025. Consejo General de la Abogacía Española, abril de 2025.
- Acuerdos de unificación de criterios: Junta Sectorial de los Juzgados Mixtos de Zamora (2/4/2025); Junta Sectorial de los Juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil de Zaragoza (28/3/2025); Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia, propuesta de unificación 2025.
- Audiencia Provincial de Oviedo, Sección 4ª, Auto 97/2025, de 25 de junio de 2025: primera sistematización del requisito de procedibilidad MASC.
- Banacloche Palao, J., «Los procesos de familia tras la Ley Orgánica 1/2025: ¿qué sucede con el juez competente, el MASC previo y la vista en el juicio verbal?». Diario LA LEY, núm. 10.696, Sección Doctrina, 2025.
- Casas Baamonde, M.E., «La Ley Orgánica 1/2025 y sus efectos en la jurisdicción social». Diario LA LEY, 2025.
- Plataforma de Interoperabilidad de los MASC (PIMASC). Sede Judicial Electrónica, Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Las referencias jurisprudenciales citadas deben ser comprobadas en su versión vigente antes de su uso forense. La doctrina sobre los MASC se encuentra en evolución y las primeras resoluciones publicadas pueden ser objeto de revisión por las Audiencias Provinciales y, en su caso, el Tribunal Supremo.